CPPADD
COMISION PERMANENTE DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS PARA DOCENTES
La Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes (CPPADD) es un órgano colegiado independiente, que goza de autonomía en el desempeño de sus funciones y está representado por su presidente (a). La CPPADD conoce, tramita y emite recomendaciones en las investigaciones sobre procesos administrativos disciplinarios de su competencia seguido contra los profesores, personal jerárquico, directores y subdirectores comprendidos en la jurisdicción La Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes esta orgánicamente conformada por un Presidente, Secretario Tecnico, Representante docente. |
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Actividades:
Son funciones comunes a todos los miembros de la CPPADD las siguientes:
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Efectuar las investigaciones que el caso amerite, solicitando informes que estimen convenientes, examinar las pruebas que se presenten, solicitar a las entidades públicas dentro del marco de las normas vigentes documentos y/o informes que guarden relación o sirvan para esclarecer la investigación y actuar las demás diligencias que consideren necesarias para establecer la existencia o no de la falta administrativa o infracción. |
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Proponer la incorporación en el PAD, de otros presuntos responsables no considerados en la denuncia, cuando se presuma su participación en la comisión de la falta administrativa o infracción ética |
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Aprobar los informes que sean necesarios para la tramitación de los procesos administrativos disciplinarios, dentro de los plazos establecidos. |
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Proponer, de ser el caso, evaluación psicológica |
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Atender, dentro de los plazos de ley, los requerimientos de información efectuados por la Defensoría del Pueblo, el Congreso de la República, el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú, la Procuraduría Pública, direcciones y oficinas del Ministerio de Educación, entre otras entidades del Estado; así como aquellas solicitadas en el marco de lo señalado en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vinculados a los procesos administrativos disciplinarios de los docentes |
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Evaluar y calificar las denuncias presentadas AL Órgano de Control Institucional por los usuarios. |
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Fijar la hora y el día o días de la semana para las sesiones ordinarias de la comisión, las cuales deben priorizar que no coincida con el horario de trabajo en la IE del representante de los profesores. |
RESOLUCION DIRECTORAL LOCAL:
PERIODO |
DESCRIPCIÓN |
DESCARGAR |
09/09/2022 |
RECONFORMACION, del comite permannete de Procesos Administrativos Disciplinarios para docentes de la UGEL de coornel Portillo. |
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¿QUÉ ES UNA DENUNCIA ADMINISTRATIVA Y CÓMO PRESENTARLA?
La denuncia administrativa es la puesta en conocimiento de la autoridad competente de hechos conocidos por los administrados, que sean contrarios al ordenamiento jurídico y que puedan significar la comisión de faltas y/o infracciones pasibles de sanción administrativa.
Deben contener los siguientes requisitos mínimos:
- Identificación del servidor al que denuncia., su cargo y la institución pública donde labora o en la que hubiera prestado servicios al momento de los hechos.
- Exposición clara y detallada de los hechos constitutivos de falta o infracción.
- Detallar las circunstancias de tiempo, lugar y modo en que ocurrieron los hechos y que permitan su constatación por parte de la CPPADD.
- Aportar la evidencia (documentos, grabaciones, fotografías, entre otros) que sustenten la denuncia, en caso de tenerlas en su poder.
- Cuando la evidencia se encuentre en poder de la administración pública deberá señalar la entidad y/u oficina a la que deberá ser requerida.